ACCESO AL SISTEMA DE CONTROL DE FACTURAS
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Introducción
Los comprobantes fiscales digitales por Internet deben emitirse por los actos o
actividades que se realicen, por los ingresos que perciban o por las retenciones
de contribuciones que efectúen los contribuyentes ya sean personas físicas o
morales.
El artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece los requisitos
que deben de contener los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI),
en relación con lo establecido en el artículo 29, fracción VI del citado Código,
dichos comprobantes deben de cumplir con las especificaciones que en materia
de informática determiné el Servicio de Administración Tributaria (SAT),
mediante reglas de carácter general.
Expedir CFDI, es una obligación de los contribuyentes personas físicas o morales
de conformidad con los artículos 29, párrafos primero y segundo, fracción IV y
penúltimo párrafo del CFF y 39 del Reglamento del CFF, en relación con la regla
2.7.5.4., y el Capítulo 2.7. “De los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet o
Factura Electrónica” de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
Los documentos técnicos, especifican la estructura, forma y sintaxis que deben
contener los CFDI que expidan los contribuyentes, lo cual permite que la
información se integre de manera organizada en el comprobante, y harán
referencia a la versión 4.0.
En la sección I de este documento se describe cómo se debe realizar el llenado
de los datos a registrar en el Comprobante Fiscal Digital por Internet y en la
sección II el Comprobante Fiscal Digital por Internet que ampara retenciones e
información de pagos.